Bienvenidos/as al curso lectivo 2.015





Les damos la bienvenida al curso lectivo 2.015, esperando conformar un cálido grupo de trabajo, que enriquezca el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Asimismo, les invitamos a participar e interactuar en este espacio, siendo respetuosos de las opiniones ajenas y obrando con responsabilidad, así como se construyen las bases sólidas de todas las relaciones y de una sociedad comprometida con valores éticos.
Bienvenid@s a l@s alumnos y alumnas de la Comisión 1 de Derecho civil II.
Su profesora y equipo de trabajo


lunes, 4 de junio de 2012

Trabajo práctico Nº 5


Juan García, quien está pasando por un momento económico complicado, en una charla de café con unos amigos, les comenta su situación. Les cuenta, muy afligido, que se ha quedado sin trabajo y que tiene que costear varias obligaciones que le quedaron pendientes y que no tiene medios para hacerlo, ya que su mujer no gana lo suficiente como para hacer frente a los gastos del hogar además de la suma que adeuda. Está desesperado y tiene pensado solicitar un préstamo a un Banco.
Conmovida por la situación de su amigo, Elena Miller le comenta que ella tiene unos ahorros que pensaba usar para irse de viaje una vez que terminara sus estudios, y que si él estaba de acuerdo, ella podía prestárselos para que no tuviera que recurrir a una entidad financiera. Juan, sorprendido y agradecido por el gesto de Elena, decide aceptar su propuesta, pero le dice que, para evitar cualquier tipo de conflictos que eventualmente puedan suscitarse entre ellos, redacten un contrato donde se establezcan las condiciones del préstamo, ya que quiere hacer “las cosas bien”. Elena le dijo que no era necesario, que eran amigos y que ella confiaba en él. Juan insistió y Elena terminó aceptando.
Al día siguiente, ambos se pusieron de acuerdo sobre las pautas del contrato y el mismo quedó redactado de la siguiente manera:
Rosario, 01/06/2012.-
Entre la Sra. Elena Miller, mayor de edad, DNI. 30.556.693 con domicilio sito en calle Córdoba 1500, de la ciudad de Rosario, en adelante MUTUANTE y el Sr. Juan García, mayor de edad, DNI: 27.995.514 con domicilio sito en calle Montevideo 2000, de la ciudad de Rosario, en adelante MUTUARIO se celebra el presente “Contrato de Mutuo o Préstamo de Dinero”, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. Objeto.  La MUTUANTE da en préstamo a la MUTUARIA la suma de pesos diez mil ($ 10.000.-), los que se entregarán en dinero efectivo en el presente acto.
SEGUNDA. Cuotas.  Se conviene la devolución de la suma arriba mencionada en diez (10) cuotas consecutivas e iguales de pesos mil ($ 1.000.-) pagaderas del uno (1) al cinco (5) de cada mes.
TERCERA. Intereses. Se acuerda, asimismo, la aplicación de un interés del 10% mensual, en concepto de compensación por los frutos producidos por el capital.
CUARTA. Mora. La mora se producirá automáticamente al vencimiento del plazo establecido para el cumplimiento de cada cuota, en virtud de lo dispuesto por el artículo 509CC. En caso de mora del MUTUARIO, se aplicará un interés del 15% en concepto de indemnización por el retraso en el cumplimiento de la obligación, hasta la efectiva cancelación de la misma.
QUINTA: Pago. El pago de las cuotas se hará en el domicilio de la MUTUANTE. La obligación no se tendrá por debidamente cumplida si no se entregase el monto de la cuota ($ 1.000.-) correspondiente a ese período, con más el interés correspondiente.
SEXTA. Litigio. Para todos los efectos legales, las partes constituyen domicilio en los arriba mencionados, sometiéndose a la competencia de los Tribunales de Distrito Civil y Comercial de primera instancia de la ciudad de Rosario.
FIRMAS:
Juan García                                                                        Elena Miller

CONSIGNAS.
1.      Determine quienes son los sujetos, cuál es el objeto y cuál es la causa fuente y la causa fin de la/s obligación/es.
2.      Indique la clase de obligación de que se trata.
3.      Identifique qué clases de intereses se acordaron en el contrato que celebraron Juan y Elena. Brinde un concepto breve de los mismos.
4.      ¿Desde cuándo comenzarían a correr dichos intereses?
5.      ¿Qué tiene que hacer Juan para que su obligación se considere íntegramente cumplida?
6.      ¿Cómo se extingue la obligación de pagar los intereses?
7.      Si Juan incumpliera con su obligación, ya que sólo pudo pagar la primer cuota, y luego cayó en mora y, en consecuencia, María le iniciara una demanda de cobro de pesos, ¿qué defensas jurídicas podría esgrimir Juan?
8.      Imaginemos que Juan se enoja con Elena por motivos personales y decide no pagarle más ninguna cuota. Ante esta situación, Elena los consulta:
a.    ¿Puede ella reclamarle el pago de las cuotas debidas, más el interés convencional y el moratorio que han pactado en el contrato de mutuo?.
b.    ¿Procedería algún otro tipo de interés?
c.    ¿Y otro tipo de indemnización?.
d.    En cualquier caso, ¿sería aplicable el Anatocismo? Justifique su respuesta.
9.      Supongamos que ante el reclamo que Elena le hace a Juan para que le pague lo adeudado, éste sigue en su posición de negativa a pagar, entonces ella decide demandarlo judicialmente para que cumpla con la obligación debida.
Elena interpone la demanda en los tribunales competentes y el Juez solicita a Juan que comparezca a estar a derecho, y corre traslado de la demanda. Ante esta situación, Juan se muestra totalmente indiferente, no comparece ni contesta la demanda y se manifiesta desinteresado del proceso. Dadas estas circunstancias, el proceso se tramita en rebeldía y el Juez dicta sentencia condenándolo (a Juan) a que pague la suma adeudada con más los intereses compensatorios y moratorios y las costas del pleito. Sin perjuicio de ello, Juan tampoco cumple.
a.    En este caso, el juez podría aplicar intereses sancionatorios a Juan? ¿Con qué fundamentos legales? Explique brevemente su respuesta.
b.    Sería procedente el Anatocismo?. De ser afirmativa su respuesta, ¿en base a qué fundamentos legales?
10. ¿Considera que en el presente caso Juan podría plantear que hay usura? Explique.



Bibliografía sugerida

·         Borda, Guillermo, Manual de Obligaciones, Ed. Lexis Nexis, 2.006.
·         Garrido Cordobera Lidia, Obligaciones de dinero y de valor, en http://www.garridocordobera.com.ar/pagina_nueva_41.htm
·         Trigo Represas, Félix, Obligaciones en pesos y en dólares, Rubinzal Culzoni, 2003.

jueves, 31 de mayo de 2012

lunes, 28 de mayo de 2012

Trabajo Práctico Nº 4

El trabajo práctico Nº 4  debe ser entregado el próximo miércoles 30 de mayo, y se analizará en clase.
Su profesora.

miércoles, 23 de mayo de 2012

Trabajo práctico Nº 4


TEMA:  Clasificación de las obligaciones según la naturaleza de su prestación. Obligaciones de hacer y no hacer.

CASO:
Patricio, un conocido músico de renombre internacional es contratado por el sello discográfico "Sampler S.A." -en el mes de Abril de 2011- para realizar un recital en el Hipódromo de la ciudad de Tandil en fecha 18 de Noviembre del mismo año.-
El pago del recital se pacta en la entrega de una suma de dinero en efectivo y la entrega de una casa de dos plantas en dicha ciudad.-
Sampler SA asume la total organización del evento. Asimismo, conviene con el “Hipódromo de Tandil SA” que no se realizará ningún otro recital en dicho escenario en el mes en que  tocará Patricio.-
En el mes de Abril de 2011, Carlos -de la ciudad de Cutral Có – contrata y abona el servicio de “Viajes y Turismo SRL”, la única empresa de transportes del pueblo a fin de que traslade a sus amigos a la ciudad de Tandil para acudir al recital.-
En el mes de Mayo la empresa les informa que no cumplirá con los servicios pactados en razón de que otras personas de la ciudad ofrecieron una suma mayor por los mismos.-
En el mes de Julio de 2011 se publicita el recital de Charly B en el Hipódromo de Tandil, para el día 29 de Noviembre de 2011.-
Un mes antes del recital la empresa “Luzbel SRL” informa que no podrá prestar los servicios de iluminación contratados para el recital en razón de que los instrumentos necesarios resultaron averiados por un siniestro automovilístico ocurrido mientras eran trasladados.-
Un día antes del recital "Gulp SRL" (empresa de sonido contratada) informa que no prestará los servicios en razón de que un empleado confundió el destino de los instrumentos y los envío a la ciudad de Salsipuedes (Pcia. de Cba.).-
El día del recital la organizadora contrata a la empresa “Sonidos del Sur SA” a fin de que preste los servicios requeridos.-
Durante el recital se interrumpe cuatro veces el audio, en razón de la falta de equipamiento necesario de la empresa para afrontar la prestación. Asimismo, el precio abonado es el doble del pactado anteriormente con Gulp SRL.-
Finalizado el recital Sampler SA abona la suma de dinero debida a Patricio y ambas partes firman un boleto de compraventa por el inmueble entregado, delegándose la confección de la escritura a una semana posterior.-

1) Determine y clasifique las obligaciones existentes entre las siguientes personas:
A)    Entre Patricio y Sampler SA
B)     Entre Sampler SA e Hipodromo Tandil SA
C)    Entre Sampler SA y Luzbel SRL
D)    Entre Carlos y Viajes y Turismo SRL

2) Determine qué herramientas legales tiene Carlos para que se respete su contrato con Viajes y Turismo SRL. Enumere los requisitos de procedencia.

3) ¿Puede Sampler SA evitar que se realice el recital de Charly B anunciado para el 28 de Noviembre de 2011? Justifique su respuesta.

4) ¿Puede Sampler SA reclamar daños y perjuicios a Luzbel SRL por incumplimiento contractual? Justifique.

5) Determine qué conceptos puede reclamar Sampler SA a Gulp SRL.

6) En el mes de Diciembre de 2011 Sampler SA niega la firma de la escritura pública del inmueble con el que se abonó a Patricio.
¿Puede este último exigir la firma de la aludida escritura? En caso de que el juez la ordene y Sampler SA se niegue a efectuarla, que remedios procesales existen?

BIBLIOGRAFIA SUGERIDA.

* Alterini Atilio, Ámela, López Cabana. "Derecho de obligaciones civiles y comerciales”. Ed. Abeledo Perrot. Bs. As. 1996
*Cazeaux – Trigo Represas. “Derecho de las obligaciones” Ed. Platense.
* Pizarro Ramón - Vallespinos Carlos. "Instituciones de Derecho Privado. Obligaciones." Tº 1. Ed. Hammurabi. Bs. As. 1.999.

martes, 15 de mayo de 2012

Trabajo práctico Nº 3

Clase del día 18-05-2012
TEMA:  Obligaciones de dar cosas ciertas.

CASO 1:
El Sr. Alberto Núñez compró un departamento en el edificio “ALTOS DE LA RIBERA”  por  la suma de Pesos trescientos cincuenta mil ($350.000.-). La operación inmobiliaria se realizó el 31 de marzo de 2012 en la Inmobiliaria La Rosarina S.R.L. mediante un boleto de compraventa. El vendedor le transfiere el mismo inmueble al Sr. Santiago Arredondo el día 12 de mayo de 2012, suscribiendo la respectiva escritura traslativa de dominio e inscribiéndolo en el Registro General Rosario.

Analice las siguientes situaciones y determine cuál de los compradores tiene preferencia. Responda las preguntas formuladas, dando los fundamentos fácticos y jurídicos pertinentes.

a)      El vendedor cuando firmó el boleto de compraventa con Alberto le entregó las llaves y la posesión del departamento.

b)      Alberto el día 13 de abril de 2012  lo intimó al vendedor para que firmara la escritura y ante su silencio le inició una demanda de escrituración el 25 de abril de 2012.

c)      El vendedor no le entregó el inmueble a Alberto porque dijo que le iba a hacer unos arreglos y le da la posesión a Santiago en fecha 12/05/2012 cuando suscribe la escritura pública.

d)      El vendedor suscribe el boleto de compraventa con Alberto y le entrega las llaves y la posesión el 31/03/2012  y se lo vende por instrumento privado a Santiago el 12/05/2012        , pero no escritura a favor de ninguno de los dos.

e)      El vendedor no le entrega la posesión a ninguno de los dos.

f)        El vendedor le vende a Alberto y a Santiago por boleto de compraventa en las fechas indicadas pero no le entrega la posesión a ninguno de los dos.

g)      Alberto escrituró e inscribió en el Registro de la Propiedad el 31/03/2012 y el vendedor le vende por boleto de compraventa y le entrega el departamento a Santiago el 12/05/2012.

h)      El vendedor le entrega la posesión a Alberto, pero transfiere por escritura el 12/05/2012 a favor de Santiago, constando en dicha escritura el siguiente texto: “… Las partes manifiestan que el Sr. Santiago Arredondo ha sido puesto en la posesión del inmueble antes de este acto.”
CASO 2:
Judith Latour  le compró por boleto al Sr. Alvarez un automotor usado, marca Fiat Palio, modelo 1995, en la suma de $20.000.- Dicha operación se realizó el día 30 de abril de 2.012. El vendedor no le entrega a Latour  el vehículo en el momento de la venta, porque necesita unos arreglos mecánicos, y se lo lleva a AUTOMOTORES Sí SRL.
Mientras tanto, el día 5 de mayo de 2.012 Alvarez le vende el mismo automotor al Sr. Bengochea, que tampoco se lo entrega, puesto que el vehículo se encuentra en el taller por reparaciones.

Conteste las siguientes preguntas con fundamento jurídico.

a)      ¿Cuál de los acreedores tiene preferencia? Si Ud. fuera el abogado de Judith, ¿qué le aconsejaría?
b)      El Sr. Alvarez le firma el formulario 08 a Bengochea para que éste pueda hacer la transferencia en el R.N.P.A., el mismo día de la operación 05-05-2012, aún cuando el vehículo se encuentra en el taller, ¿quién tiene preferencia?


CASO 3:
Pedro y Pablo se conocen desde hace muchos años, ya que son vecinos del mismo barrio. Pedro compra y vende libros usados.  Tiene libros de estudios y de cultura general. A Pablo le gusta leer mucho, ya que vive lejos de su trabajo, y mientras va en colectivo desde su casa al trabajo y viceversa aprovecha para leer diferentes títulos. Es por ello que Pablo es un asiduo cliente del negocio de Pedro. El pasado viernes 11 de mayo Pedro se encuentra en la calle con Ud. y con Pablo. Este último llevaba un clásico de Borges, Pedro le pide que se lo devuelva porque dice que es suyo, que se lo prestó para que lo leyera y que ahora tiene que reintegrárselo.

Conteste con fundamento jurídico:

a)      Ud. presente en el momento que Pedro le reclama el libro a Pablo, asiste a la respuesta de Pablo, quien le responde a su requirente, diciéndole que el libro es suyo, ¿qué solución jurídica le hallaría a este conflicto?




BIBLIOGRAFIA SUGERIDA.

* Alterini Atilio, Ámela, López Cabana. "Derecho de obligaciones civiles y comerciales”. Ed. Abeledo Perrot. Bs. As. 1996
*Cazeaux – Trigo Represas. “Derecho de las obligaciones” Ed. Platense.
* Pizarro Ramón - Vallespinos Carlos. "Instituciones de Derecho Privado. Obligaciones." Tº 1. Ed. Hammurabi. Bs. As. 1.999.

viernes, 11 de mayo de 2012

Trabajo Práctico Nº 2


Trabajo práctico Nº 2: “Modalidades de las obligaciones”             
Tema: Obligaciones condicionales.
Comisión 01: Dra. Liliana A.B. Urrutia.
Desarrollado por: Ricardo Salvador Giuli (Ayudante).


Fecha de entrega y discusión en clase: 16-05-2012

1. En base a la bibliografía sugerida: a) dé un concepto propio de la obligación condicional; b) Realice un cuadro con las distintas clasificaciones de condición.

2. Enuncie y enumere cuáles son los caracteres propios de la condición.

3. En base al siguiente ejemplo, distinga: a) La condición; b) el hecho condicionante; c) la propia obligación condicional.
Se pacta que Pedro le pagará a Francisco la suma de $10.000: “Si Roger Federer gana el primer partido en Roland Garros el próximo lunes”.

 4. Efectos en las obligaciones condicionales. Dé un panorama general.

5. Analice los siguientes ejemplos: Especifique qué clase de condición es, justificando su respuesta.

a) José y Federico convienen lo siguiente: “Federico entregará a José un automóvil 0km, si el Real Madrid no gana el campeonato”.

b) Juana y Julia realizan un contrato, una de las cláusulas establece lo siguiente: “Julia pagará el precio del animal comprado a Juana en caso que éste gane la primer carrera en el hipódromo de Palermo que se celebrará el 10 de agosto de 2012”

c) Pablo y Lisandro, estudiantes de abogacía, realizan una apuesta en la cual establecen lo siguiente: “Pablo entregó a Lisandro la suma de $200; en caso de que Lisandro no apruebe la materia obligaciones, debe devolver la suma a Pablo”.

d) Lucila y Paula pactan lo siguiente: “Paula entregará a Lucila la suma de $200.000, si Lucila establece una garantía prendaria, sobre su departamento, a favor de Paula”.

e) Confianza Seguros S.A. y el Sr. Mauricio Pérez establecen lo siguiente: “Confianza Seguros S.A. indemnizará al Sr. Mauricio Pérez, por la suma de $150.000, si un tercero le roba su automóvil”.

f) Julián es acreedor de Marcos, al cabo de unos meses de vencida la deuda, Julián se contacta con Marcos para que éste salde la deuda con más los intereses, Marcos contesta lo siguiente: “Te pagaré la suma que te adeudo, en caso que te divorcies de mi hermana”.

Bibliografía sugerida.
·                         Alterini – Ámela – López Cabana, Curso de obligaciones, Ed. Abeledo Perrot.
·                         Cazeaux – Trigo Represas, Derecho de las Obligaciones. Ed. Platense.  La Plata.
·                         Compagnucci de Caso, Rubén, Manual de obligaciones, Ed. Astrea.
·                         Ghersi Carlos, Obligaciones civiles y comerciales, Ed. Astrea.
·                         Pizarro – Vallespinos, Instituciones de Derecho Privado. Obligaciones, T. 1. Ed. Hammurabi. Bs. As.